Del rescate del hijo ladron al del hijo asesino

Tras reponerse de la conmoción que le causara la orden de detención del hijo asesino Carmelo Ovono Obiang (alias Didi), el dictador más longevo del mundo ha replicado acusando al parlamento europeo de injerencia y de apología del terrorismo, al objeto de desacreditar el tenor de la resolución por la que la magna institución europea denuncia la persecución sistemática de la oposición y de los defensores de los Derechos Humanos en Guinea Ecuatorial, y en particular la muerte del ciudadano español Julio Obama Mefuman.

A través de un comunicado difundido por la prensa presidencial, el tirano Obiang reitera a tal efecto, en honor a su reconocido “compromiso con la defensa de los Derechos Humanos”, que el finado Julio Obama Mefuman fue condenado al término de un proceso justo por su implicacion en una tentativa de golpe de estado (tipo penal no recogido en el vigente ordenamiento, pero que alude a la caracterización simultánea de varios delitos como la tenencia ilícita de armas, la sedición, la rebelión, el atentado contra el jefe de estado, etc). Negándose por tanto que el finado fuera secuestrado en Sudán del Sur (a donde fue atraído por el régimen mediante engaño) y transferido forzosamente a la cárcel de Oveng Asem (Mongomo) como atesta fehacientemente el informe policial avalado por EUROPOL y que sustenta el proceso seguido ante la Audiencia Nacional española. Afirmándose de contrario que fue extraditado en legal forma (por las «autoridades judiciales» sudanesas ) y que recibió en todo momento asistencia consular y sanitaria. Concluyéndose que su fallecimiento, el 15 de enero de 2023, no se produjo en el penitenciario de Oveng Asem a consecuencia de las torturas infligidas por el hijo asesino Carmelo Ovono Obiang, sino en un centro de salud a consecuencia de una patología común conforme atesta el correspondiente certificado médico. 

Si bien, pese a las anteriores acusaciones (meramente retóricas), consta que el parlamento europeo es una venerable institución emanada, no del fraude electoral como su homologa guineaoecuatoriana, sino que actua en virtud de mandato de representación conferido democráticamente por los ciudadanos de todos los países que conforman la Unión Europea. Por ende, la adopción de la referida resolución (por abrumadora mayoria de 534 votos favorables), justificada por el deber de amparo hacia súbditos europeos, resulta de un intenso, franco y transparente debate democrático.

Asimismo, no puede ocultarse que el estado de derecho español, y el sistema judicial en el que se asienta, constituyen un referente en Europa y en el mundo. Contrariamente a las instituciones de Guinea Ecuatorial, emanadas de fraude electoral masivo y como tal desaprobadas por toda la comunidad internacional (Departamento de Estado americano y Comisión de la Union Europea). Un panorama antidemocrático completado por la impericia y la sumisión politica de un poder judicial inapto a garantizar la sujeción de los detentores del poder político a la Ley. De la que deriva una impunidad de facto a favor del tirano Obiang (y de toda su familia), y por tanto una violación permanente del estado de derecho sustentada en una feroz represión acometida por las llamadas “fuerzas de defensa y seguridad del Estado”.

Por tal motivo, la UniÓn Europea y toda la comunidad internacional deben requerir al gobierno de Guinea Ecuatorial al objeto de avenirse a la observancia de la obligaciÓn de cooperaciÓn que le impone el derecho internacional. MÁs concretamente, y siguiendo las infundadas afirmaciones vertidas en el comunicado, el régimen de Obiang debe:

Abstenerse de obstruir la tramitación del proceso penal iniciado ante la Audiencia Nacional española contra su hijo asesino Carmelo Ovono Obiang ;

Garantizar la comparecencia de éste ante la Audiencia Nacional española para responder de los delitos que se le imputan, al asegurarsele el derecho a la presunción de inocencia y a un proceso justo con todas las garantías, del que igualmente se benefició su hermano (el hijo ladrón) Teodoro Nguema Obiang en el proceso francés de los Bienes Mal Adquiridos  ;

Cumplimentar el requerimiento judicial de repatriación del cuerpo sin vida de Julio Obama Mofuman (actualmente desaparecido) al objeto de que sea practicada una autopsia para determinar las causas de su fallecimiento, a los fines jurídico-procesales pertinentes:

Permitir una investigación internacional independiente sobre la situación general de los presos políticos y los defensores de los derechos humanos dispersados en todos el ambito nacional en centros de detención custodiados por las llamadas “fuerzas de defensa y seguridad del Estado” ;

Permitir una investigación internacional independiente sobre la situación general de las innumerables personas recluidas por orden verbal del vice presidente (el hijo ladrón) Teodoro Nguema Obiang, al hallarse éstas incomunicadas;

Permitir una investigación internacional independiente acerca de las innumerables denunciadas anonimas formuladas por las familias sobre desapariciones, asesinatos, existencia de fosas comunes (una de ellas relativa a la “operacion limpieza” ordenada por Teodoro Nguema Obiang, el ladrón) ;

De manera general y a petición del Pueblo oprimido, la comunidad internacional viene moralmente obligada, al término de 44 larguisimos años de sangrienta tirania, en propiciar una concertación política conducente al restablecimiento del estado de derecho en Guinea Ecuatorial.

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