Acerca de la supuesta trama corruptiva del Consejo de Cargadores Marítimos.

Desde la semana pasada los voceros del vicepresidente de la república, el cleptómano TNO, anuncian a bombo y platillo haber desmantelado otra trama corruptiva, esta vez en el seno del Consejo de Cargadores Marítimos de Guinea Ecuatorial. Arrojando directamente el oprobio sobre la directora general del ente, a la que acusan de promover el pretendido desfalco, y de echarse a la fuga hace cuatro meses.

Sin embargo, aparece que la interesada, Maria Jesus Ada Obiang Mangue, viajó a España en virtud de permiso laboral por maternidad y autorización de desplazamiento otorgado en fecha 7 de septiembre de 2022 por el ministro de transportes, Rufino Ovono Ondo Engonga. Es de recordar aquí, a título de ejemplo, que Francisca Obiang Jimenez disfrutó en España (por razones análogas) de un permiso de mas tres años, permaneciendo en nómina de GEPROYECTOS como vicepresidenta.

ADA-permiso-laboral

En cuanto a las pretendidas ordenes de pago que traen a causa la acusación de desfalco, consta que las mismas no fueron cursadas por la directora general sino por el mismo ministro de tutela, el ministro de transportes, Rufino Ovono Ondo Engonga. Toda vez que, en todo ente público la dirección general es un organo de ejecución de las ordenes del ministro de tutela o del presidente del consejo de administración (cuando se opta por ese modo organizativo).

¿La auditoria reseñada llevó a cabo la verificación contradictoria y transparente de todas las piezas contables ? ¿Examinó las responsabilidades respectivas de cada órgano ?

¿Los datos publicados (se afirma que provisionalmente) por la comisión auditora (o la gendarmería, no se sabe a ciencia cierta quien fue mandatado por TNO para realizar las verificaciones) tienen entidad suficiente para justificar que se viole el derecho a la presunción de inocencia y a un proceso justo de la interesada ?

¿Puede una victima de la animosidad de TNO (tal es evidentemente el caso de Maria Jesus Ada Obiang Mangue) obtener la tutela judicial de sus derechos en Guinea Ecuatorial ?

¿TNO está facultado a ordenar auditorias en departamentos ministeriales que no formen parte de su ámbito competencial de defensa y seguridad del Estado ?

¿TNO es el responsable directo de la Secretaria de Estado de Auditorias ? 

¿TNO puede suplantar las funciones de los demás estamentos gubernativos y del ministerio público ? 

¿Las personas integrantes en las llamadas comisiones de auditoria instituidas ilegalmente por TNO (Alejo Sima Olomo, Honorato Evita Oma, Juan Abaha Elo, etc) podrían dar pruebas de su propia solvencia moral y probidad ?

La redacción de Radio Macuto arrojará la luz sobre todas esas cuestiones, a medida que los reporteros recaben todos los antecedentes del caso. Si bien con anterioridad hemos abordado dicha cuestión, en relación a las auditorias realizadas en otros entes públicos (“La vendetta personal de TNO contra los insumisos y la legitimación de 42 años de rapiña”, Radio Macuto Facebook, 12 noviembre 2020; “Último y reciente episodio de corrupción en el INSESO, y primera acción policial contra su cúpula directiva”, Radio Macuto, 25 noviembre 2021).

Radio Macuto Facebook

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